Si no trabajas, no facturas.  Si no facturas, no cobras. Así que lo de ponerse enfermo es algo que un autónomo no puede permitirse. Pero claro, eso no es algo que puedas elegir. En este post voy a plantearte una situación real y descubrirás por qué un disponer de un seguro de baja y accidentes puede salvarte económicamente en caso de incapacidad temporal.

 

¿En qué casos puedes solicitar la prestación por incapacidad temporal?

 

Una incapacidad temporal es aquella situación derivada de una enfermedad común, profesional o accidente, que te impide realizar tu actividad laboral y en la que necesitas asistencia sanitaria.

La incapacidad temporal da derecho a recibir una prestación económica que mitigue la falta de ingresos durante el período que dura la baja. ¿Durante cuánto tiempo? Como máximo, 18 meses.

 

¿Qué se considera accidente de trabajo en un autónomo?

Pues aquel que sucede como consecuencia directa de la actividad que realizas por cuenta propia y para la que te diste de alta en el RETA. Aquí entramos en un terreno complicado, ya que suele resultar difícil probar que dicho accidente se deriva del ejercicio de la actividad profesional y no por causas ajenas a él.

Como novedad para el 2018 te cuento que la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ya contempla el accidente in itinere como contingencia profesional, cosa que antes no sucedía.

 

La enfermedad profesional también se entiende como aquella derivada del ejercicio de la actividad por cuenta propia. Aquí puedes ver el cuadro de enfermedades profesionales reconocidas en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre.

Para obtener cobertura por enfermedad común deberás estar de alta en el RETA y al corriente de los pagos de las cuotas, habiendo cotizado al menos 180 días en los últimos 5  años.

 

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¿Cuánto vas a cobrar?

 

Para calcular tu prestación la Seguridad Social va a tomar como referencia tu base de cotización del mes anterior al de la baja. Sobre ella aplicará unos porcentajes y el resultado será el importe de tu prestación.

Por accidente común o enfermedad no laboral: los tres primeros días no cobrarás nada. Del día 4 al 20 de la baja te corresponde el 60% de la base reguladora. Y el 75% a partir del día 21.

Por accidente de trabajo o enfermedad profesional: el 75% de tu base a partir del día siguiente al de la baja. Eso sí, siempre que hayas incluido la cobertura por contingencias profesionales al darte de alta en el RETA.

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Reme es autónoma y tiene una peluquería desde hace cinco años. No hace falta que te diga que le ha costado mucho trabajo y esfuerzo sacarla adelante. Hace unos meses le diagnosticaron una alergia muy severa al níquel y a los tintes. Al contacto con estos elementos sufre de escoceduras y quemazones en la piel, provocándole eczemas y dermatitis en todo el cuerpo. Hasta tal punto que ya no puede seguir trabajando en la peluquería. Ni los guantes, ni las pomadas ni ningún tratamiento surte efecto mientras siga en contacto con estos elementos.

Así que está de baja, cobrando la prestación por incapacidad temporal de la Seguridad Social. Reme tiene que seguir pagando cada mes su cuota de autónomos mientras dure la baja. Entre lo que paga y lo que ingresa le resulta imposible cubrir todos sus gastos y mantener el nivel de vida que tenía hasta ahora. Tiene que recurrir a la ayuda de su familia.

Genera mucha impotencia el haber estado cotizando durante años, trabajando sin horarios, sacrificando vida personal y familiar, para que ahora que lo necesitas no tengas una cobertura que te permita vivir con tranquilidad, ¿o no?

Por eso existen los seguros de baja y accidente laboral. Fíjate cómo puede cambiar la situación en caso de disponer de uno.

 

¿Qué coberturas te va a dar un seguro de baja por accidentes y enfermedad?

 

Los seguros de baja por accidente y enfermedad están pensados para que puedas mantener tu mismo nivel de ingresos aunque estés de baja. No importa si es enfermedad común o contingencia profesional. Vas a percibir una indemnización diaria que va a cubrir el pago de tu salario, facturas y los impuestos.

Esta indemnización se prolonga durante un plazo máximo de 18 meses, momento en el cual un tribunal médico dictaminará o no una invalidez, según proceda.

Aquí te detallo las principales coberturas:

Garantía de indemnización diaria por incapacidad temporal total durante todo el tiempo que estés de baja, tanto si estás en un hospital como haciendo reposo en casa.

Protección de pagos. Esta garantía te asegura el pago de una cantidad equivalente al recibo de tu póliza durante el período de incapacitación.

Reembolso de gastos por situación de gran dependencia. Por gran dependencia entendemos por ejemplo, quedarse en una silla de ruedas a raíz de un accidente. En estos casos se requiere una reforma para adaptar la vivienda. Pues bien, el seguro también te reembolsa los gastos derivados de dicha adecuación.

Consulta internacional. ¿Necesitas un segundo diagnóstico o que te orienten sobre los tratamientos más avanzados en cualquier hospital del mundo? Con esta garantía lo tienes.

Servicio orientación médica 24 horas. Un equipo médico a tu disposición las 24 horas a través del teléfono para cualquier información que necesites.

Julián es fisioterapeuta y tiene un gabinete propio. Este verano fue a un concierto de rock en el estadio de fútbol. Estando allí sufrió una aparatosa caída desde las gradas que le provocó una laceración en el hígado. Tras diez días ingresado en el hospital tuvo que guardar reposo en casa durante varios meses.

Afortunadamente nuestro fisioterapeuta tenía contratado este seguro y durante todo el período de baja percibió una indemnización mensual que le permitió vivir holgadamente sin preocuparse por poder pagar facturas e impuestos ni tener que pedir ayuda a su familia.

 

A la hora de contratarlo tendrás que establecer qué cantidad es la que necesitas para seguir percibiendo los mismos ingresos en caso de incapacidad temporal. En función de eso tu cuota será mayor o menor. Esta también varía en función de los riesgos asociados a tu actividad profesional.

Solicita asesoramiento experto para que te puedan ayudar a escoger la opción que se adapta a tus circunstancias.

Imagina poder enfocarte sólo en tu recuperación, ocuparte de tu salud y dejarte cuidar mientras tu cuenta sigue recibiendo ingresos cada mes. Tú y tu familia estaréis protegidos económicamente.

 

Envía ya tu consulta y te asesoraré personalmente.

 

 

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