Si deseas dar de baja el seguro tendrás que avisar a tu compañía con un mes de antelación. Esta es otra de las novedades que entra en vigor el 1 de enero de 2016, hasta ahora el plazo de preaviso por parte del asegurado era de dos meses.

En julio de 2015 se publicó en el BOE la reforma de la Ley de Contrato de Seguro, en la que se incluye esta modificación en su artículo 22. En el caso de las compañías aseguradoras el plazo para comunicar la no renovación de la póliza al titular de la misma será de dos meses.

La forma de comunicar la baja, tanto por parte del tomador como de la compañía, es la notificación escrita a la otra parte. En la póliza deberán figurar las condiciones y plazos de oposición a la prórroga del contrato.

El objetivo de esta reforma es mejorar la defensa al consumidor y ofrecer una mayor transparencia.

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