Contratar un seguro de vida o un seguro de decesos provoca cierta confusión entre algunos usuarios, que no terminan de ver claras cuáles son las diferencias entre uno y otro ni tampoco saben cuál les conviene más, ¿es este tu caso? En realidad se trata de dos productos que no tienen nada que ver entre sí, aunque existan algunas semejanzas, incluso pueden llegar a ser complementarios. ¿Quieres resolver tus dudas antes de decidirte? Continúa leyendo, aquí te lo cuento de manera muy sencilla.

 

 

Antes que nada vamos a separar el grano de la paja, es decir, veamos la información básica que debes conocer. Y son las diferencias fundamentales entre ambos seguros, una vez tengas esto claro te será más fácil escoger el que más te interese. Aquí van:

Las cinco diferencias principales

 

Las coberturas. El seguro de vida está pensado para dar protección a los familiares del asegurado en caso de fallecimiento de este, a través de una indemnización económica. El seguro de decesos cubre los gastos correspondientes al sepelio del fallecido, y también se encarga de los trámites administrativos necesarios en estos casos.

Coberturas adicionales. En una póliza de vida se pueden incluir coberturas adicionales como son el cobro de indemnización por parte del asegurado en caso de enfermedad grave o invalidez, y la posibilidad de obtener un anticipo para hacer frente a los gastos funerarios, eso sí, sin incluir los trámites administrativos requeridos. Una póliza de decesos puede incorporar servicios adicionales como son la repatriación del cadáver, la asistencia psicológica a la familia, los gastos referentes a la extracción y conservación de ADN e incluso la cobertura de los gastos del viaje de un familiar para identificar al fallecido.

La prima. El tomador de un seguro de vida es quien escoge cuál es el capital que desea asegurar, y esta será la cantidad que perciba el beneficiario del mismo llegado el momento. En decesos son las compañías quienes, basándose en el coste de los servicios funerarios y trámites derivados, determinan los capitales asegurados. Si en el momento de hacer frente a estos la cifra supera la cantidad estipulada, será la propia familia quien abone la diferencia. Si por el contrario, esta es inferior, es la compañía quien se encarga de devolver el importe resultante.

Disponibilidad de los capitales asegurados. El cobro de la indemnización en un seguro de vida no se percibe de forma inmediata, puede tardar un tiempo y además recibirlo en varios plazos, previamente establecidos. En un seguro de decesos la disponibilidad es inmediata, basta con efectuar una llamada a la compañía cuando se produce el fallecimiento del asegurado y a partir de ese mismo momento comienza a recibirse el servicio.

Quién puede ser el asegurado. No todo el mundo puede contratar un seguro de vida, los menores de catorce años y los mayores de setenta suelen estar fuera del ámbito de cobertura de los mismos. En cambio, esto no ocurre en decesos, cualquier persona es susceptible de ser asegurada.

 

Entonces, ¿me conviene una póliza de vida o de decesos?

 alt="Diferencias entre seguro de vida y seguro de decesos"

Pues a ver, digamos que un seguro de vida no puede hacerse al tun tun. Como ya he señalado, este cubre un capital que decide el asegurado y que protege al beneficiario del mismo en caso de muerte, enfermedad grave o invalidez. ¡Ojo! Hay que tener en cuenta que en el caso de accidentes existe otro seguro específico para ello.

Pero, ¿cómo decidir el valor de la propia vida? Complicado, ¿verdad?

Bueno, te voy a plantear un ejemplo concreto, verás cómo lo entiendes mejor: imagínate que eres el/la cabeza de familia, que tienes hijos estudiando en la universidad y que, como casi todo hijo de vecino, has contraído alguna que otra deuda por aquella reforma que hiciste en casa, porque te has comprado un pedazo de smart tv y la has financiado, porque la nena se casa y quieres pagarle el banquete… Cualquier cosa que se te ocurra.

Si a ti te sucede algo grave y como consecuencia de ello pierdes la vida o quedas inválido/a, tu seguro hará frente a todos estos gastos, tus hijos podrán seguir estudiando y tus deudas serán liquidadas, siempre que el capital que hayas estipulado en el momento de la contratación sea suficiente para cubrirlo todo. O, si desgraciadamente quedas en una silla de ruedas y es necesario adaptar tu vivienda, o incluso mudarte, esto también lo tienes cubierto.

Por tanto, podemos decir que para personas mayores de edad, que gocen de buena salud, que estén cotizando y que tengan familia a cargo es muy interesante disponer de un seguro de vida. Como ya sabes, como norma general ni los menores de edad ni los mayores de setenta pueden acceder a esta opción.

familiaprotegidaAhora imagínate que por elección o por necesidad te marchas a trabajar fuera de tu ciudad o de tu país, con el consiguiente cambio de residencia. Si ocurre lo peor, ¿te imaginas los gastos que suponen todos los servicios funerarios, incluido el traslado o repatriación del cadáver? ¿Sabes quién tendría que hacerse cargo en ausencia de un seguro que cubra estos gastos? Pues sí, tu familia. En esta situación es muy aconsejable que tengas contratada una póliza de decesos.

Además de este supuesto, un seguro de decesos  va dirigido a un colectivo más amplio, menores y ancianos sí están cubiertos, cada uno con la casuística que corresponda.

En cualquier caso, no se trata de seguros excluyentes, sino complementarios. Puedes tener ambos sin ningún problema, los dos te van a responder, cada uno en su ámbito. Lo mejor es que te asesores con tu agente de confianza, este te ayudará a elegir. ¿Quieres que seamos nosotros quienes te echemos un cable?

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