Si tienes un piso en propiedad y te planteas ponerlo en alquiler este es un buen momento para hacerlo. ¿Por qué? Porque la demanda está aumentando. El mercado inmobiliario se ha reactivado en nuestro país, provocando una subida en los precios que puede beneficiarte. Sin embargo, en la mente de todos los propietarios, como es tu caso, siempre se aloja el mismo miedo: ¿y si el inquilino no me paga? ¿Y si me destrozan el piso? En este artículo te voy a explicar cómo protegerte ante estos riesgos.
Cada vez son más las personas que prefieren el alquiler a la compra de la vivienda. Las ventajas: disfrutar de una mayor libertad a la hora de escoger dónde y cómo vivir y no hipotecarse de por vida. A este colectivo se une el de los estudiantes y trabajadores desplazados fuera de su residencia habitual que necesitan una vivienda temporalmente. El mercado inmobiliario se está reanimando, pero no es oro todo lo que reluce. Al tiempo que crecen las cifras de adquisición de vivienda, propia o de alquiler, crece también el número de procedimientos de deshaucio por impago.
El caso de Juan y sus hermanas
Seguro que conoces algún caso, o incluso lo has vivido en propias carnes. Te lo ilustro con el siguiente ejemplo: Juan tenía un piso en propiedad junto a sus dos hermanas, herencia de sus padres. Lo pusieron en alquiler para sacarle una rentabilidad y oye, tener abierto el piso, que siempre se mantendría en mejor estado. Lo alquilaron a un chico, aparentemente solvente, español, lo cual les inspiraba mayor confianza, con contrato y nómina, muy educado y con buena presencia. Acababa de romper con su pareja y necesitaba buscar otro lugar donde vivir.
El caso es que después de unos meses el inquilino empezó a retrasarse en los pagos. Primero se excusó alegando retraso en el cobro de su nómina, pero pronto comenzaron los impagos. Uno, dos, tres, cuatro meses de deuda. Llegó un momento en que ni les cogía el teléfono ni les abría la puerta, alegando que estaba en su casa y dejaba entrar a quien le daba la gana. Comenzaron los problemas, las denuncias y todo el proceso administrativo y judicial para desahuciarlo, al cabo de tres largos meses desde la interposición de la demanda.
En total seis meses sin cobrar el alquiler hasta que Juan y sus hermanas consiguieron que el moroso abandonara la vivienda. Y tuvieron suerte, porque no había desperfectos en el interior y porque los suministros de agua y luz, también con impagos, estaban a nombre del inquilino. Después de esta amarga experiencia decidieron que nunca más volverían a pasar por esta situación. A partir de ese momento contratarían un seguro de impago de alquileres.
¿Por qué ha aumentado un 22% la contratación de seguros de impago de alquiler?
Es un dato que nos ofrece el Observatorio Español del Seguro de Alquiler, correspondiente al primer semestre de 2017. Como ves, el caso de Juan y sus hermanas es más habitual de lo que parece. Hay otra variante, y es la de los inquilinos que, además de morosos, provocan daños intencionados en la vivienda. Una pesadilla para cualquier propietario, que finalmente termina por poner el piso en venta y evitarse problemas.
¿A qué se debe este aumento en la contratación del seguro?
- En primer lugar, al aumento de la cultura de alquiler en nuestro país.
- A la condición expresa por parte de los propietarios de alquilar su vivienda con plenas garantías.
- A un conocimiento más detallado del funcionamiento y coberturas de este seguro.
- Y en último lugar, al hecho de que las agencias inmobiliarias están ya comercializando también el seguro como garantía de cobro por parte del arrendador.
¿Qué ventajas tiene el seguro de protección de alquileres?
La principal ventaja es que te garantiza el cobro de las rentas desde que se produce el primer impago. De este modo, si te ves obligado a iniciar un procedimiento de desahucio te asegurarás cobrar tu mensualidad durante el tiempo que dure el proceso. Pero existen otras ventajas añadidas, que quizá no conozcas tanto, pero que te van a resultar muy útiles:
- Te ayudan a seleccionar el inquilino ideal para tu vivienda, a través de un estudio previo para determinar el riesgo de impago. Antes de firmar el contrato sabrás a quién puedes alquilar tu vivienda y a quién no, con datos objetivos, más allá de primeras impresiones y posibles prejuicios.
- Te ofrece defensa jurídica en caso de que tengas que interponer una demanda legal por morosidad o por daños intencionados en tu vivienda.
- Te cubre los daños materiales provocados e incluso reparaciones de urgencia.
¿Y cuánto cuesta un seguro de este tipo? Pues según el OESA (Observatorio Español del Seguro de Alquiler) la prima media se sitúa en torno a los 315 € anuales, unos 25 € al mes. Teniendo en cuenta que el importe medio del alquiler en España anda por los 600 € vale la pena destinar esa pequeña cantidad de tu renta a blindarte contra impagos, ¿no te parece?
Aquí van unos consejos para contratar un seguro de alquiler
Verás por ahí muchas ofertas de seguros de este tipo de dudosa fiabilidad, bien sea por su procedencia o por las condiciones de contratación. Si deseas disponer de un seguro con todas las garantías te recomiendo que revises los siguientes puntos:
- Contrata siempre en una aseguradora, sea cual sea la compañía que escojas. Pero siempre con profesionales del sector, que puedan asesorarte con criterio y responder llegado el momento.
- Ojo con el precio que te proponen por la prima. Lo habitual es que se sitúe entre un 4 y un 5% de la renta anual.
- Verifica que te ofrece cobertura ante daños intencionados y que te proporciona defensa jurídica.
- El seguro de impago de alquileres no tiene por qué ir, en ningún caso, vinculado obligatoriamente a otras operaciones.
Ahora ya puedes alquilar tu vivienda con tranquilidad. Si deseas resolver cualquier duda u obtener asesoramiento particular contacta conmigo. Me encantará ayudarte.
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