EL SEGURO DE PROTECCIÓN DE ALQUILERES

Cuando Juan decidió comprarse un piso tenía un buen puesto de trabajo, cobraba bien y vivía con sus padres, en la actualidad la situación es bien distinta: ahora está en el paro y tiene una hipoteca a la que no puede hacer frente.  Ana y Miguel firmaron ilusionados las escrituras de su nueva casa, nada hacía presagiar que nunca iban a vivir allí. Al año de embarcarse en este proyecto, la pareja ha roto y con ella el sueño de formar un hogar. Mari Carmen  y Adela han recibido un piso en herencia de sus padres y a ninguna de las dos ni a sus familias les interesa habitarlo.  Para Juan, Ana, Miguel, Mari Carmen y Adela la mejor opción es alquilar la vivienda y asegurarse unos ingresos mensuales. Pero los cinco albergan el mismo temor: ¿y si el inquilino no me paga? ¿Y si no me cuida la casa?

Según el último estudio realizado por el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM) y publicado el pasado mes de octubre por el diario El País ,  a pesar de que las rentas de los alquileres han bajado durante el año 2014 los índices de morosidad siguen creciendo. Esta situación provoca inseguridad en los propietarios de viviendas a la hora de alquilarlas, por ello los expertos recomiendan tomar medidas preventivas antes de lanzarse a firmar un contrato de arrendamiento. El seguro de protección de alquileres es una de ellas. Voy a explicarte cómo puede ayudarte este producto.

 

¿Para qué sirve el seguro de protección de alquileres?

El seguro de protección de alquileres garantiza el cobro de las rentas por parte del propietario en caso de impago del inquilino y ofrece mediación profesional en situaciones de conflicto, a través de sus servicios jurídicos. Pero además también aporta una compensación en caso de que se produzcan destrozos en la vivienda derivados de actos vandálicos provocados por sus ocupantes.

¿Quién puede contratarlo?

Cualquier persona que tenga una vivienda en propiedad y la destine a alquiler, siempre con la mediación de un contrato de arrendamiento por medio. Este seguro se puede contratar independientemente o bien anexarlo al seguro de hogar, en cuyo caso su precio resulta más ventajoso.

¿Qué pasa cuando el inquilino no te paga?

A partir del primer mes sin cobrar el alquiler ya puedes legalmente acudir al juzgado e interponer una demanda. Siempre es aconsejable intentar resolverlo antes amistosamente y descubrir si se trata de un retraso por un problema puntual o de una situación en la que verdaderamente el inquilino no puede hacer frente al pago. Pero si te encuentras ante un defraudador real no te quedará más alternativa que la judicial.

Esta vía no siempre compensa, a veces  lo que toca pagar a abogados y procuradores puede suponer gran parte de la deuda que  esperas cobrar. En muchos casos la renta obtenida por el alquiler es la única fuente de ingresos para el propietario. Por no hablar de lo que puede dilatarse el proceso.

¿En qué te ayuda el seguro de protección de alquileres?

Si tienes contratado un seguro de protección de alquileres este proceso se simplifica mucho. Lo primero que tendrás que hacer es poner la denuncia, tu compañía te la va a exigir para poder iniciar las gestiones.  A partir de ahí  te va a dar apoyo profesional a través de abogados especializados que te orientarán y mediarán con el arrendatario, y te va a garantizar el cobro a partir del primer mes de impago. Así pues, mientras sigue su curso el procedimiento judicial tú estarás cubierto económicamente.

¿Y si el inquilino te paga religiosamente pero te deja el piso destrozado? Pues también tienes cobertura en este caso, los actos vandálicos están incluidos en la póliza y podrás reparar todos los desperfectos sin gastar un céntimo.

 

¿Te interesa este servicio y quieres más información? Envíanos tu consulta y te asesoraremos sin compromiso.

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